Responsabilidad Ambiental
Desde hace varios meses, las consultoras ambientales y administraciones públicas estamos recibiendo un aluvión de preguntas por parte de gerentes y responsables de empresas que han sido visitadas por compañías aseguradoras, para ratificar la información que les han trasmitido estas últimas acerca de la necesidad de contratar una póliza de responsabilidad medioambiental obligatoria por ley.
Y la cuestión es… ¿es realmente obligatoria su contratación?
La Unión Europea asumió hace algunos años el principio de que “quien contamina, paga” y, en concordancia, publicó una directiva, que ha sido incorporada al derecho interno español mediante la Ley 26/2007, de Responsabilidad Medioambiental y el Real Decreto 2090/2008, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha ley.
Esta normativa obliga a TODAS las empresas a IMPLANTAR medidas que eviten los daños ambientales que se pudieran generar como consecuencia de las actividades que realizan. Asimismo, obliga a COMUNICAR todos los daños ambientales que se produzcan a la administración ambiental autonómica o estatal (en el caso de que se vean afectadas varias Comunidades) y a PAGAR el coste de la reparación del daño ambiental causado. Leer más »
